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INMIGRANTES UNIDOS

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    Extranjeria


    En esta sección, en las subpaginas, intentaremos darles toda la información posible de su interés, respecto a la Inmigración y Extranjería en España, a todas vuestras preguntas relacionadas con la solicitud y como conseguir la Residencia Temporal por los motivos de Arraigo Social, Inserción Laboral, Reagrupación Social y otros casos excepcionales para obtener Permiso de Residencia.

     

    También ampliaremos la información para la solicitud de la Residencia Permanente o como solicitar la Nacionalidad Española. Que tramites hay que seguir desde principio y hasta final, que objeciones se les pueden formular las Autoridades del Gobierno para no conceder dicho permiso o la nacionalidad. Qué motivos más comunes suelen alegar las Autoridades para dictar la resolución denegatoria y como poder evitar, en la medida posible, estas resoluciones desfavorable.

     

    Les informaremos de los derechos legales que les asistan y las formas legales de recurrir ante un Tribunal Superior la negativa de las Autoridades del Gobierno para la concesión de los permisos de Residencia y Trabajo en España, así como recurrir la negativa para concederles la nacionalidad Española.

     

    Intentaremos guiarles de cómo se debe llevar el proceso de la Reagrupación Familiar, que documentación hay que presentar para solicitarlo y los plazos vigentes para poder reagruparse con sus familiares.

     

    Esperamos de que la información le sea útil y que siguiendo estos pasos podéis ahorrar vuestro tiempo y los disgustos.

     

    Ley de Extranjería España 2011



    Ley de Extranjería: Novedades del nuevo reglamento.

    El real decreto firmado atañe al Reglamento de la Ley Organica del 11 de enero de 2000, reformada por la Ley de Extranjería del 2/2009. El nuevo reglamento se adapta a los nuevos ciclos migratorios, pretende tener mayor rigor, objetividad y transparencia en los procesos administrativos de extranjería. Aúna criterios en la realización de trámites por parte de los extranjeros, otorga rapidez en los procedimientos y pone a las nuevas tecnologías al servicio de las tramitaciones.

    Los puntos más importantes son:

    * Garantizar la movilidad de los extranjeros, como también asegurar un procedimiento más ágil a los extranjeros que se acojan al retorno voluntario a sus países de origen. El gobierno busca que los extranjeros sin trabajo regresen a sus países de origen en espera a que las cosas mejoren y la demanda de trabajo aumente, para ello el sistema reconocerá los años de trabajos con contrato realizados en España. De esta forma si el inmigrante decide regresar a España no perderá los años de cotización. Aunque la ley pone como condición que deberá esperar tres años para volver si hay demanda de mano de obra, pero tendrá prioridad para acceder a las contrataciones en origen.

    * El nuevo reglamento se presenta con mayor rigor ante el cumplimiento de las contrataciones por parte de empleadores españoles y trabajadores extranjeros. Castiga a los empleadores que no hayan cumplido con los compromisos pactados, impidiendo la contratación de trabajadores extranjeros durante los tres años siguientes.

    * Por otro lado el arraigo laboral no cambia, serán necesarias los tres años para poder mantener la permanencia continuada en España. Pero el reglamento introduce mediante una nueva figura jurídica la posibilidad de modificar las condiciones que se exigen para el arraigo social mediante una orden ministerial. Con esta herramienta el Ministerio de Trabajo e inmigración tendrá la libertad de negar el arraigo social si así lo cree necesario. Sobre la exigencia de demostrar un vínculo laboral de un año de duración para solicitar el arraigo laboral queda reducido a los seis meses.

    * Una excelente noticia es la modificación e introducción de una nueva figura jurídica para el arraigo familiar que afecta a regulación de padres con hijos españoles menores de edad. La condición es que el progenitor debe tener a cargo al menor y convivan juntos.

    * El reglamento contempla la protección de las mujeres extranjeras maltratadas, es así que las víctimas de violencia de género que estén en situación irregular y denuncien al agresor, detendrá el expediente de expulsión hasta que se resuelva la sentencia. De esta forma supone un gran avance ya que aquella mujer inmigrante que sufra violencia de género podrá denunciar sin miedo a ser expulsada.

    * Cambia la exigencia sobre el conocimiento de la lengua oficial por el de aprendizaje, de esta manera los extranjeros que deseen regularizar su situación y residan en una comunidad donde se hable una lengua oficial además del castellano, el sistema valorara el esfuerzo por aprender esa lengua a la hora de comprobar su integración para su posterior regularización.


    Renovación de papeles para inmigrantes en paro

    Inmigrantes en paro podrán renovar sus tarjetas de residentes si sus parejas tienen trabajo.

    Markus Gonzalez, director general de Inmigración del Ministerio de Trabajo e Inmigración anuncio que el futuro Reglamento de Inmigración busca flexibilizar la renovación de los permisos de residencias de aquellos inmigrantes que se encuentran en paro por perdida de sus puestos de trabajo. Prevé que los extranjeros en paro puedan quedarse en el país si sus parejas tienen trabajo y cumplen con las condiciones económicas exigidas.

    También hablo de la posibilidad de reducir los 3 años para solicitud la residencia por arraigo. Las nuevas condiciones permitirán solicitar la residencia por arraigo, si la persona que lo solicita no tiene antecedentes penales y cuenta con un contrato de trabajo no inferior a un año y firmado entre él y un empresario.

    Probar mediante un informe emitido por el ayuntamiento del lugar de residencia su inserción social. De esta manera al cabo de dos años en nuestro país podrán optar a su primer permiso de residencia.

    Se estima que uno de cada tres extranjeros se han quedado sin trabajo debido a la crisis en que se encuentra España, el Gobierno presentara en el Consejo de Ministros dentro de dos semanas aproximadamente la reforma del Reglamento de Extranjería para facilitar los tramites de las renovaciones y reducir las exigencias. Esta medida podría beneficiar alrededor de 200.000 inmigrantes.


    Restricciones a la reagrupación familiar por la nueva Ley de Extranjería

    El proyecto de la Nueva ley de Extranjería limita el derecho de Reagrupación Familiar

    Nueva Ley de Extranjería limita el derecho a la reagrupación familiar, garantiza la asistencia jurídica gratuita, permite el ingreso de las ONG en centros de internamiento y establece el derecho a la educación. Así se amplían los derechos de los inmigrantes y por otro lado busca castigar a los abusos.

    En la reunión de hoy viernes el Consejo de Ministro estudiara el proyecto de Ley de Extranjería sobre la situación de los extranjeros ilegales retenidos; las multas que se aplicaran a los empresarios que contraten inmigrantes en situación irregular como también a los Matrimonios por conveniencia; y establecerá la regulación del contingente de extranjeros que no pertenecen al régimen comunitario para el próximo año.

    También se espera según Celestino Corbacho, Ministro de Trabajo e Inmigración que se estudie el texto sobre la reforma inherente a la reagrupación familiar.

    Entre las reformas de la Ley de Extranjería sobre Periodo de retención:

    Se alargar el periodo de internamiento de los extranjeros en situación irregular elevando de 40 a 70 días el plazo de retención de los inmigrantes antes de ser devueltos a sus países de origen. El tiempo se fijaría en 60 días con la posibilidad de prorrogar 10 días más en casos de excepción como las demoras en los tramites de expulsión. Esta medida tiene la finalidad de ampliar las garantías judiciales en los procesos de expulsión.

    Por otro lado la nueva ley garantiza la asistencia jurídica gratuita para todos los extranjeros indocumentados, hasta hora solo se reservaba aquellos que estaban legalmente en España.

    Las prohibición de entrada en España a los que fueron expulsados desminuye a de 10 a 5 años; los inmigrantes en situación irregular que sean sorprendidos dispondrán de entre 7 a 30 días para retornar voluntariamente a su país de origen. Las ONG podrán ingresar a los centros de Internamiento de extranjeros ante la solicitud de cualquier interno.

    Reforma de la Ley de Extranjería sobre las Multas por sanciones como:

    En las contrataciones de inmigrantes en situación irregular, aumentan las sanciones económicas por dicha infracción: así las de 300 euros se elevaran a 500 euros, las más graves de 6.000 a 10.000 y las muy graves de 60.000 a 100.000. Y por otra parte los empresarios deberán asumir los costes de su repatriación.

    La simulación de una relación laboral con el fin de conseguir la regulación del extranjero serán castigadas con multas de 10.000 a 100.000 euros por cada inmigrante.

    En los matrimonios de conveniencia las multas podrán llegar hasta los 100.000 euros de multa.

    Las modificaciones de la Ley de Extranjería sobre reagrupación familiar: Se busca limitar y endurecer los requisitos para solicitar la reagrupación.

    Con la aprobación de las reforma de la actual ley, los inmigrantes que desean reagrupar a sus ascendentes deberán haber cumplido cinco años de residencia legal en España, cuando hasta ahora solo bastaban dos años de residencia legal. Y solo permitirá la reagrupación de los padres que tengan más de 65 años.

    Se elevaran los requisitos económicos mínimos necesarios para poder solicitar la reagrupación. Sí la solicitud de reagrupación familiar incluye hijos en edad escolar, se establece la obligación por parte de la familia de la correspondiente notificación para que las escuelas e institutos puedan reservar la bacante y evitar el desbordamiento de alumnos.

    La reforma incluirá a las parejas de hecho, estas tendrán el mismo derecho de solicitar la reagrupación. Tanto el cónyuge como los hijos mayores de 16 años reagrupados tendrán permiso de trabajo de forma inmediata.

    La reforma no modifica la reagrupación de cónyuge o pareja de hecho (incluida en la reforma de la Ley, que la ley actual no contempla) , ni a los hijos de ambos menores de 18 años. Estos podrán ser reagrupados como fija la ley actualmente, con la segunda autorización de residencia es decir más de un año de residencia legal en España.

    Se garantiza la educación para todos los extranjeros independiente de su situación legal que sean menores de 18 años, hasta hora solo se garantizaba la ESO.


    Inmigrantes en paro en España: Cobro de la prestación de desempleo

    El colectivo más afectado por la crisis económica en España es el sector de la construcción. Uno de los sectores mas afectados por la actual crisis económica en España es el de la construcción, con un alto porcentaje de trabajadores extranjeros. El ajuste realizado por las empresas ha frenado la demanda de mano de obra, provocando que un gran numero de extranjero se encuentren en paro (siendo 4 de cada 10 nuevos parados).

    Ante la situación muchos de los inmigrantes optan por acogerse al Plan de retorno voluntario de inmigrantes propuesto por el gobierno Español, o tramitar la prestación por desempleo en el Servicio Público de Empleo (INEM).

    La prestación de desempleo se percibe luego de la perdida involuntaria de un empleo y el importe a percibir será en función a la cotización realizada durante el periodo laboral.

    Mientras reciba la prestación por desempleo seguirá cotizando en la seguridad social por jubilación y tendrá derecho a asistencia sanitaria gratuita. El Servicio Publico de Empleo también ofrecen cursos de formación para facilitar la reinserción laboral.

    Requisitos para la prestación de desempleo

    ¿Quienes pueden solicitar la prestación de desempleo?

    *  Tiene que estar dado de alta en la Seguridad Social en un régimen con contingencia de desempleo.
    *  Estar en situación legal en España
    *  Si ha trabajo un año o más: tiene que haber cotizado un mínimo de 6 meses en los seis años anteriores al momento que se quedo sin empleo.
    *  Si ha trabaja menos de un año: Puede acceder a un subsidio por desempleo, siempre que haya cotizado como mínimo tres meses (si tiene responsabilidades familiares); o seis meses de no ser así.
    *  No tener al edad que se exige para la pensión de jubilación, a menos que no tenga derecho a percibirla por falta de cotización.

    ¿Cuál es la documentación que hay que presentar? ¿Dónde se presenta la solicitud y cual es el plazo de presentación?

    Conjuntamente debe inscribirse como demandante de empleo y presentar la solicitud en el Servicio Publico de Empleo antes de cumplir los 15 días hábiles desde el momento que perdió el empleo.

    Documentación y solicitud:

    *  Solicitud (se la dan en el servicio Público de Empleo)
    *  Documentos del solicitante y los hijos a su cargo (DNI y Libro de familia)
    *  Certificado de la empresa donde trabajo durante los últimos 6 meses

    Para los que han trabajado menos de un año, deberán agregar la declaración de la renta del solicitante y los familiares que convivan con él o estén a su cargo, datos de domiciliación bancaria y autorización de petición de información a la AEAT (agencia tributaria)

    ¿Durante cuánto tiempo recibirá la prestación por desempleo?

    Para aquellos que han cotizado de seis meses a menos de un año, recibirán la prestación dentro de un periodo mínimo de tres meses. A partir de ahí por cada tres meses cotizados, se perciben dos más de prestación hasta llegar al tope máximo de dos años.

    ¿Como se calcula la prestación de desempleo?

    Para las prestaciones contributivas, el importe corresponderá al 70 % de la base de cotización del trabajador durante los 6 primeros meses y luego el 60 %. A partir del 2009 se estableció como mínimo de prestación 492,08 euros y un máximo de 1076,44 euros para aquellos parados sin descendencia.

    Los parados con al menos un hijo a su cargo percibirá como mínimo 658,16 euros y 1230.22 euros de máximo. Ninguna prestación de desempleo podrá ser superior a 1.384 euros. Al importe de la prestación se descontara el importe de cotización a la Seguridad Social y la retención a la cuota de IRPE cuando corresponda.


    Detenciones a inmigrantes ilegales en España

    Aumentan las detenciones a inmigrantes en situación irregular en España. Durante el mes de diciembre y la primera quincena del mes de enero la Jefatura Superior de Policía con jurisdicción en Madrid y los 15 municipios con más población (alrededor de 15 millones de habitantes) han incrementado en más de un 120 % las detenciones de inmigrantes sin papeles con respecto al mismo período del año anterior.

    El Ministerio del Interior en un comunicado de prensa sostiene que esta medida pretende mejorar la seguridad en función a la delincuencia de cada zona. Aunque los sindicatos policiales hablan de practicas policiales que responden al cumplimiento de órdenes y también explican que a los comisarios se les exige una tasa de detenidos al mes según la cantidad de extranjeros que vivan en su distrito.

    Estas instrucciones dan prioridad a los inmigrantes marroquíes, ya que según la ley tiene 40 días para realizar la repatriación y el traslado se hace por carretera, por lo que los costes se pueden asumir con más facilidad.

    El sindicato también denuncia en la carta enviada al fiscal general del estado que a los agentes con mayor numero de inmigrantes sin papeles detenidos al mes, se les retribuye con días libres. Esta información fue confirmada por el propio Ministro de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, quien aseguro que existen "objetivos cuantitativos” en la detención de inmigrantes, como así también la orden interna distribuida en todas las comisarías de Madrid donde se establecía un cupo semanal de extranjeros en situación irregular para ser detenidos.

    Ante la disposición prioritaria de detener a inmigrantes marroquíes por razones de facilidad en la repatriación, el embajador marroquí en España, Omar Azziman ha expresado su inquietud por esta medida y se ha comunicado con el director general de Política Exterior para el Mediterráneo, Fidel Sendagorta para obtener aclaraciones.

    Varias ONG de derechos humanos (Movimiento contra la intolerancia, CEAR, SOS Racismo y Amnistía Internacional) solicitan a la fiscalía se investigue los cupos de detenciones en Madrid y acusa al Ministerio del Interior por la utilización de criterios raciales para la identificación de extranjeros.